viernes, 15 de enero de 2010

BORRADOR ROF: EL NUEVO REGLAMENTO ORGÁNICO DE LOS CENTROS PÚBLICOS

La Consejería de Educación de Andalucía tiene muy avanzada la elaboración de los denominados Reglamentos Orgánicos de los centros docentes públicos que afectan al día a día de los colegios e institutos.


Para su elaboración, la administración dice “que ha procurado escuchar a la comunidad educativa, mediante la organización de foros de debate” que, según ella, “han permitido recibir sugerencias e ideas que han enriquecido notablemente nuestra propuesta inicial”.
Asegura, igualmente, que “el proceso de debate permanecerá abierto durante la tramitación formal de los Decretos, lo que permitirá mejorarlos aún más si cabe”.
Con los nuevos Reglamentos, se persiguen los siguientes objetivos:
- Dotar de mayor autonomía a los centros docentes.
- Dar un fuerte respaldo al profesorado.
- Dotar de mayores competencias a la dirección de los centros docentes.
- Establecer normas de convivencia en los centros docentes acordes a los tiempos que vivimos.
-  Reforzar el papel de las familias en el proceso educativo de sus hijos e hijas.
- Simplificar las tareas burocráticas que realizan los centros y el profesorado.
La Consejería entiende que estos objetivos son respaldados por la mayoría de la comunidad educativa, así como que algunas de las propuestas para el debate han sido mejoradas mediante la introducción de importantes cambios en los documentos iniciales.
Se apuesta por seguir mejorando el sistema educativo andaluz, para garantizar la igualdad de oportunidades y el éxito escolar de nuestros alumnos y alumnas. Es una tarea que incumbe al conjunto de la sociedad, especialmente a la Administración educativa, al profesorado y a las familias.
La propuesta de Decreto sobre el reglamento Orgánico de los Colegios de Educación Infantil y Primaria aborda, en su Título III, la participación de las familias en el proceso educativo, concretamente en su Art. 26 “Derechos de las Familias” y Art. 27 “Obligaciones de las Familias”.
- Artículo 26 del Borrador de Decreto.
  • DERECHOS de las Familias:
    • Recibir el respeto y consideración de todo el personal del centro.
    • Participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas, apoyando el proceso de enseñanza y aprendizaje de éstos.
    • Ser informadas de forma periódica sobre la evolución escolar de sus hijos e hijas.
    • Ser oídas en las decisiones que afecten a la evolución escolar de sus hijos e hijas.
    • Ser informadas de los criterios de evaluación que serán aplicados a sus hijos e hijas.
    • Ser informadas puntualmente de las faltas de asistencia de sus hijos e hijas al centro.
    • Suscribir con el centro docente un compromiso educativo para procurar un adecuado seguimiento del proceso de aprendizaje de sus hijos e hijas.
    • Conocer el Plan de Centro.
    • Ser informadas de las normas de convivencia establecidas en el centro.
    • Recibir notificación puntual de las conductas contrarias o gravemente perjudiciales para la convivencia realizadas por sus hijos e hijas.
    • Suscribir con el centro docente un compromiso de convivencia, con objeto de establecer mecanismos de coordinación con el profesorado y con otros profesionales que atienden al alumno o alumna, y de colaborar en las medidas que se propongan, tanto en el tiempo escolar como extraescolar, para superar esta situación.
    • Recibir información de las actividades y régimen de funcionamiento del centros, así como de las evaluaciones de las que haya podido ser objeto.
    • Recibir información sobre los libros de texto y materiales didácticos adoptados en el centro.
    • Participar en la vida del centro y en el Consejo Escolar.
    • Utilizar las instalaciones del centro en los términos que establezca el Consejo Escolar.
- Artículo 27 del Borrador de Decreto.
  • OBLIGACIONES de las Familias:
    • Colaborar con los centros y con los maestros y maestras en la educación de sus hijos e hijas.
    • Estimular a sus hijos e hijas en la realización de actividades escolares.
    • Respetar la autoridad y orientaciones del profesorado en consideración a la importancia social de su tarea.
    • Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro.
    • Cumplir las obligaciones contraídas en los compromisos educativos y de convivencia que hubieran suscrito con el centro.

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